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RESUMEN
Muchos
hemofílicos de los Estados Unidos, América
Latina, Europa, Asia, el Medio Oriente y África
se infectaron con productos sanguíneos contaminados.
Lieff Cabraser representa legalmente a clientes de
todo el mundo en juicios entablados ante los tribunales de
los Estados Unidos contra las empresas que vendieron
sangre contaminada en los Estados Unidos y la exportaron
al extranjero. |
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Caso
actualizado sobre factores de coagulación - Noviembre de 2004
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| El
17 de septiembre de 2004 fue el plazo inicial que el tribunal fijó para
que los demandantes presenten los Formularios Preliminares del Perfil del Paciente
(PPF, por sus siglas en inglés), que sintetizan la demanda de cada individuo,
detallando los productos concentrados de factores de coagulación utilizados
y el origen de tales productos, entre otra información. [Si desea más
información sobre el procedimiento de presentación de PPF, consulte
el "Caso Actualizado de Agosto de 2004" incluido en este sitio] Nos
enorgullece anunciar que presentamos más de 1,400 PPF para nuestros clientes
de todo el mundo dentro del plazo estipulado. Asimismo, continuamos presentando
más PPF en forma constante para los nuevos clientes y para aquellos que
no pudieron cumplir con el plazo inicial. Aproximadamente 1,000 personas más
presentaron los PPF por medio de otros procedimientos con asesoría legal
en el MDL (Litigio sobre productos concentrados de coagulación), especialmente
de Latinoamérica. |
| En
la audiencia del tribunal federal del Distrito Norte de Illinois el 13 de octubre,
su señoría, el juez Grady ordenó en virtud de nuestra solicitud
y teniendo en cuenta las impugnaciones contundentes de los demandados que los
demandados presenten en tiempo y forma documentación y testigos adicionales,
entre ellos, registros de envíos a países extranjeros ("dumping" de
productos contaminados con VIH y/o VHC). Asimismo, el Tribunal ordenó a
los demandantes para quienes ya hemos presentado los PPF, pero que no han contestado
en aquel momento a todas las preguntas incluidas en tal formulario, que actualicen
los PPF en la medida que se presente nueva información; por eso si usted
completó un PPF a través de nuestro estudio, es posible que se
pongan en contacto con usted con los fines de agregar algún punto en el
PPF anterior. |
| El
próximo paso del litigio será resolver el procedimiento que se
tomará como base para continuar con el litigio: una acción colectiva
o acciones individuales. Nosotros presentamos nuestros escritos apoyando la certificación
colectiva el 8 de octubre. Si bien la audiencia llevada a cabo el 13 de octubre
no era para tratar la certificación colectiva, el Juez anunció haber
leído nuestros escritos y manifestó estar abierto a considerar
nuestro pedido de certificación de la acción colectiva para que
se abra la causa a prueba a fin de formular preguntas de hecho que afectan a
muchos de nuestros clientes. Bajo este enfoque, el jurado decidiría hechos
claves como en qué momento los demandados tuvieron conocimiento de que
sus productos estaban contaminados y si continuaron vendiendo o no productos
sin tratar después de que se encontraran disponibles productos tratados
y más seguros. El jurado se pronunciaría respecto de estas preguntas
de hecho comunes para todos los que hayan presentado la acción colectiva.
Pensamos que si el jurado fallase a nuestro favor, el caso sería resuelto
en esa instancia, lo cual dependería de la predisposición de los
demandados para llegar a un acuerdo. Si el litigio continuase, los hecho de causalidad
y daños y perjuicios serían tratados en forma individual, tomando
las decisiones del jurado como fundamento para continuar. |
| El
juez nos solicitó que presentásemos diez preguntas comunes sobre
la conducta ilícita de los demandados para la acción colectiva
propuesta y solicitó a los demandados que aclaren su situación
en relación con tales preguntas. Pensamos que los demandados se opondrán
a que se abra la causa a prueba para que se formulen preguntas comunes. Sin embargo,
creemos que dicha acción es un procedimiento justo y eficiente para adjudicar
las nuevas acusaciones de conducta ilícita intencional presentadas en
esta causa. La causa continuará independientemente de la decisión
del tribunal sobre la certificación colectiva y no creemos que la negación
de la certificación pueda afectar la causa colectiva ni tampoco las demandas
individuales. La decisión del juez de hacer lugar o no a la solicitud
de certificación no es una resolución que surja de los méritos
de la causa. Las demandas individuales pueden continuar incluso si no se obtiene
la certificación de acción colectiva. De hecho, en muchas demandas
de hechos ilícitos civiles, las acciones individuales se llevan a cabo
sin que exista ningún tipo de certificación de acción colectiva. |
| Pueden
seguir sumándose nuevos clientes a la causa. El momento para sumarse al
litigio ("ley de prescripción") comenzará a correr para
los nuevos clientes en caso de no hacerse lugar a la certificación, por
lo tanto las personas interesadas deben ponerse en contacto con nosotros o buscar
una representación alternativa lo antes posible. Si no se hace lugar a
la certificación, las personas perjudicadas deberán estar representadas
en forma individual para poder beneficiarse de cualquier acuerdo o sentencia
futura; no serán incluidos simplemente porque reúnan los requisitos
de la definición de "colectiva" que aducimos en nuestra demanda
colectiva. |
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Copyright © 2008 Lieff Cabraser Heimann & Bernstein,
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